No todas las herencias son una buena noticia. En ocasiones, junto a bienes inmuebles o dinero, también se heredan deudas. Por ello, la ley permite a los herederos renunciar a una herencia cuando consideran que las cargas superan a los beneficios.
La renuncia debe hacerse siempre de forma expresa y ante notario, mediante escritura pública. No basta con manifestar verbalmente la intención de no aceptar la herencia, ni tampoco es válido simplemente dejar pasar el tiempo. Además, la renuncia debe ser total: no se puede aceptar una parte de la herencia y rechazar otra.
El plazo para renunciar no está fijado en el Código Civil, pero en la práctica está condicionado por el plazo fiscal para liquidar el Impuesto de Sucesiones, que es de seis meses desde el fallecimiento. Si se prevé que el patrimonio heredado tiene más deudas que activos, es recomendable actuar antes de que expire este plazo para evitar complicaciones con Hacienda.
Existen dos formas de protegerse frente a una herencia con deudas:
- Renunciar directamente a la herencia, lo que significa que el heredero queda como si nunca hubiera sido llamado a heredar.
- Aceptar a beneficio de inventario, lo que limita la responsabilidad del heredero a los bienes heredados, de manera que las deudas nunca afectarán a su patrimonio personal.
Renunciar a una herencia es una decisión importante y, en muchos casos, irreversible. Una vez hecha en notaría, no puede revocarse salvo en situaciones excepcionales. Por eso, antes de decidir conviene solicitar un inventario completo de bienes y deudas y, si es necesario, asesorarse con un abogado especializado en sucesiones.
En resumen, renunciar a una herencia con deudas es una opción legal que protege al heredero frente a riesgos económicos. La clave está en analizar bien la situación patrimonial del fallecido y actuar dentro de los plazos previstos para evitar problemas legales y fiscales.






