Herencias internacionales: bienes en españa y herederos en el extranjero.

Gestionar una herencia internacional añade complejidad al procedimiento sucesorio. En general, la ley aplicable será la del país de residencia habitual del fallecido, salvo que expresamente haya elegido la ley de su nacionalidad en testamento; esto es lo que establece el Reglamento (UE) 650/2012 respecto a herencias transfronterizas dentro de la UE.

Si el fallecido tenía su residencia en España y era extranjero, su herencia se regirá por el Código Civil español, a menos que en testamento se especifique lo contrario. Si no hay testamento, normalmente rige la ley del país de residencia, aunque pueden influir otros factores como la ubicación de los bienes o los vínculos familiares.

Cuando los bienes están en varios países (ej. una vivienda en España y cuentas en Francia), el proceso exige:

  • Validación del testamento (apostilla, traducción oficial, homologación ante notario o tribunal español).
  • Cumplimiento de la normativa fiscal en cada país.
    En España, los herederos deben declarar la herencia ante la Agencia Tributaria, incluso si los bienes están en el extranjero.

El Impuesto de Sucesiones se paga en España si el causante residía aquí o si hay bienes situados en España. Si el causante residía en España pero los herederos viven en el extranjero, también pueden estar obligados a declarar y pagar este impuesto. La competencia tributaria dependerá de si reside el causante o el heredero, aplicando la normativa autonómica o la estatal según corresponda.

El principio de lex loci rei sitae importa al tratar bienes inmuebles: la ley aplicable es la del lugar donde están ubicados. Por tanto, una vivienda en España se regirá por la ley española, incluso si el causante falleció en otro país.

Pasos clave en una herencia internacional

  1. Determinar la ley sucesoria aplicable (residencia habitual o testamento).
  2. Validar testamentos extranjeros (apostilla, traducción, admisión notarial o judicial).
  3. Cumplir con impuestos de sucesiones en España y en los países donde haya bienes.
  4. Inscribir inmuebles en el Registro de la Propiedad si están en España.
  5. En caso de conflicto en varias jurisdicciones, acudir a un abogado especializado en herencias internacionales.

Comentarios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Herencias internacionales: bienes en españa y herederos en el extranjero.

Gestionar una herencia internacional añade complejidad al procedimiento sucesorio. En general, la ley aplicable será la del país de residencia habitual del fallecido, salvo que expresamente haya elegido la ley de su nacionalidad en testamento; esto es lo que establece el Reglamento (UE) 650/2012 respecto a herencias transfronterizas dentro de la UE.

Si el fallecido tenía su residencia en España y era extranjero, su herencia se regirá por el Código Civil español, a menos que en testamento se especifique lo contrario. Si no hay testamento, normalmente rige la ley del país de residencia, aunque pueden influir otros factores como la ubicación de los bienes o los vínculos familiares.

Cuando los bienes están en varios países (ej. una vivienda en España y cuentas en Francia), el proceso exige:

El Impuesto de Sucesiones se paga en España si el causante residía aquí o si hay bienes situados en España. Si el causante residía en España pero los herederos viven en el extranjero, también pueden estar obligados a declarar y pagar este impuesto. La competencia tributaria dependerá de si reside el causante o el heredero, aplicando la normativa autonómica o la estatal según corresponda.

El principio de lex loci rei sitae importa al tratar bienes inmuebles: la ley aplicable es la del lugar donde están ubicados. Por tanto, una vivienda en España se regirá por la ley española, incluso si el causante falleció en otro país.

Pasos clave en una herencia internacional

  1. Determinar la ley sucesoria aplicable (residencia habitual o testamento).
  2. Validar testamentos extranjeros (apostilla, traducción, admisión notarial o judicial).
  3. Cumplir con impuestos de sucesiones en España y en los países donde haya bienes.
  4. Inscribir inmuebles en el Registro de la Propiedad si están en España.
  5. En caso de conflicto en varias jurisdicciones, acudir a un abogado especializado en herencias internacionales.